En la Sentencia N°230, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y confirmó la condena de un hombre a veinte años de prisión por; “ABUSO SEXUAL DOBLEMENTE AGRAVADO Y ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL DOBLEMENTE AGRAVADO CONTINUADO” dictada por el Tribunal Oral Penal de la V Circunscripción Judicial, Santo Tomé Corrientes. El Tribunal confirmó la sentencia, argumentando que la condena estaba basada en pruebas suficientes y bien valoradas.
En el recurso de casación, la defensa cuestionó la valoración de la prueba y señaló que el Tribunal dio mayor valor a testimonios en la fase de instrucción que a los testimonios obtenidos en el debate. Sostuvo a su vez que una de las víctimas se retractó durante el debate, lo cual, en su opinión, debía cambiar la calificación del delito.
En este sentido, en su condena el Tribunal resaltó que, aunque el imputado tiene derecho a confrontar a los testigos, este derecho puede ser limitado para proteger a las víctimas, especialmente en casos de abuso sexual infantil. Además, el Tribunal enfatizó que la declaración del imputado carecía de fundamento probatorio suficiente para desincriminarse de los cargos.
El Tribunal también abordó la validez de las pruebas presentadas, especialmente la declaración de las menores en la Sala de Entrevista Especializada que fueron fundamentales para llegar a la condena.